El SOMA consigue que sea declarado nulo el despido de un trabajador en GALP.

Así lo recoge una sentencia del Juzgado Nº 1 de Gijón, por «vulneración de los derechos fundamentales» de nuestro compañero.

Nuestro compañero, fue delegado de personal del SOMA en la mencionada empresa, desde el año 2011 al 2015. En ese periodo, así queda acreditado en la Sentencia, “realiza una labor escrupulosa como delegado de personal y salvaguarda de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo”, labor que fue incómoda para la empresa, pues entre las medidas que adoptó fue promover reiteradas denuncias ante la Inspección de Trabajo, que en varias ocasiones dieron lugar a advertencias y requerimientos a la empresa.

La Sentencia concluye que el actuar de la empresa vulnera el derecho de libertad sindical del trabajador pues la represalia fue consecuencia de su destacada actividad y se ha aprovechado que concluía su periodo de representación.

Valoramos positivamente el trabajo del compañero y de nuestros servicios jurídicos, así como la satisfacción por el contenido de la Sentencia, en tanto que viene a dar cobertura al trabajo de los representantes de los trabajadores frente a los abusos de directivos.

La Sentencia concluye que el actuar de la empresa vulnera el derecho de libertad sindical del trabajador pues la represalia fue consecuencia de su destacada actividad y se ha aprovechado que concluía su periodo de representación, durante el que de alguna forma estaba blindado, para producir su despido, al tiempo que ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva en la vertiente de derecho de garantía de indemnidad.

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