El Tribunal Supremo falla a favor del recurso sindical sobre incumplimientos de la actualización salarial en Hunosa

El SOMA-FITAG-UGT valora positivamente la sentencia al reconocer que «los acuerdos negociados, pactados y firmados deben respetarse»

La Sala IV del Tribunal Supremo ha fallado a favor del recurso interpuesto por las organizaciones sindicales contra el incumplimiento del convenio colectivo y plan de empresa por parte de Hunosa, que no respetó la actualización del incremento salarial del año 2008 a los prejubilados durante las mensualidades subsiguientes de 2009. La sentencia, contra la que no cabe recurso, revoca la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias el 21 de enero de 2011, que requería la devolución de la diferencia entre el IPC previsto y el real abonada a los trabajadores (en 2008 el incremento real de los precios fue inferior al previsto).

El SOMA-FITAG-UGT valora satisfactoriamente la decisión judicial, que declara que «el incremento de las retribuciones en cuantía del IPC previsto debe entenderse consolidado, y que solo cabe actualización al alza y no a la baja». El Tribunal Supremo establece que la actuación de Hunosa y VidaCaixa, que descontaron el 0,6% de las percepciones salariales de los trabajadores (diferencia entre el IPC previsto y el real de 2008) «no fue ajustada a derecho» y reconoce que «los acuerdos negociados, pactados y firmados deben respetarse», una máxima que esta federación ha defendido a lo largo de su centenaria existencia. El fallo «supone que los trabajadores reciban, con carácter retroactivo, un importante volumen de recursos».

Por otra parte, el SOMA-FITAG-UGT también ha denunciado que no se respeta el acuerdo de la actualización salarial según el IPC real de un importante colectivo de trabajadores de la minería privada que finalizan su vida laboral. El sindicato rechazó en su momento los términos en que había sido aprobada y publicada el Boletín Oficial del Estado, después de meses retraso, la modificación del Real Decreto que regula las percepciones de estos trabajadores. La federación mostró su desacuerdo por las constantes contradicciones en el contenido de la norma: en un primer momento, la intención del gobierno fue la congelación salarial, a la que esta federación se opuso; después, el Consejo de Ministros aprobó la eliminación de la cláusula de revisión salarial según el IPC real y decidió que sólo se les aplicaría el IPC previsto, un concepto que la federación calificó de ambiguo, ya que no existe; finalmente, en una decisión unilateral, el Gobierno volvió a cambiar su criterio y en su publicación en el BOE, el Real Decreto estipula que los trabajadores se les aplicará un incremento máximo del 1,5% en 2011. Todo ello ha llevado a presentar las correspondientes demandas.

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